La Generalitat Valenciana y el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE) han publicado un resumen de los daños provocados por inundaciones.
Estas son las principales claves:
Independientemente de la altura del agua, los daños observables se dividen en daños moderados (en elementos estructurales: erosión en los cimientos y corrosión en soportes metálicos; y en equipamientos y servicios: afectación de sistemas de seguridad y contadores, y daños en tuberías y aislamientos) y daños graves (en elementos estructurales: deterioro estructural severo y corrosión avanzada en estructuras de acero, y en equipamientos y servicios: fallos en el sistema eléctrico y problemas en sistemas de saneamiento).
Tipos de daños provocadas por la DANA, según la altura del agua
Daños leves – Agua hasta 0,30 m
En los casos en los que el agua haya llegado hasta los 30 centímetros, los «daños leves» se refieren a aquellos causados en elementos no estructurales (deformación de la madera debido a la absorción excesiva de humedad, acumulación de limo contaminado en áreas bajas, pudrición y moho en elementos de madera y revestimientos de particiones y posible corrosión de elementos metálicos en contacto con la humedad); en equipamientos y servicios (daños menores en conexiones eléctricas y en instalaciones situadas en áreas con humedad persistente), y en bienes, muebles y enseres.
Daños moderados – Agua entre 0,30 m y 1 m
En los casos en los que el agua alcanzase una altura de entre 0,30 m y 1 metro, los «daños moderados» se refieren a aquellos causados en elementos estructurales (aparición de puntos débiles estructurales debido a un secado inadecuado); en elementos no estructurales (daños en acabados internos: revestimientos de particiones y fachadas; saturación de solados y paredes, con posible necesidad de retirar revestimientos para secado completo; daños en puertas, zócalos y pavimentos, especialmente los de madera y corrosión en elementos metálicos de la estructura y acabados); en equipamientos y servicios (daños eléctricos en tomas, contadores y sistemas de seguridad; posibles daños en aislamientos de tuberías; daños en depósitos de agua o combustible y calderas, especialmente si flotan o se desplazan), y en bienes y muebles, electrodomésticos y artículos eléctricos ubicados en el áreas afectadas.
Daños graves – Agua superior a 1 m
En los casos en los que el agua superó el metro de altura, los «daños graves» se refieren a aquellos causados en elementos estructurales (daños graves en muros y cimientos, debido a la presión hidrostática vertical y horizontal, y riesgo de colapso de elementos horizontales, forjados ); en elementos no estructurales (daños significativos en fachadas, cubiertas y tabiques, con posibles roturas y desplomes, y levantado de pavimentos debido a la humedad acumulada en los materiales de agarre); en equipamientos y servicios (daños generalizados en el sistema eléctrico, debido a la exposición prolongada, y problemas graves con el saneamiento, que pueden comprometer la evacuación de aguas residuales), y daños en bienes y muebles situados en estanterías elevadas, afectados por la humedad y salpicaduras.
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