Home Mercado residencialEl Supremo fija que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios empieza con la sentencia firme

El Supremo fija que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios empieza con la sentencia firme

Brainsre.news
El Supremo fija que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios empieza con la sentencia firme

El Tribunal Supremo ha emitido un auto clave sobre las reclamaciones de gastos hipotecarios. La decisión, adoptada a comienzos de octubre, determina que el plazo de prescripción para recuperar ese dinero no se inicia cuando se pagan los gastos, sino cuando existe una sentencia firme que declara nula la cláusula. Esta aclaración supone un importante cambio para muchos consumidores.

La resolución responde a un caso iniciado en 2018 por dos clientes que denunciaron al BBVA. Ambos consideraban abusivas las cláusulas que les obligaban a asumir gastos de formalización de su hipoteca. Los juzgados de primera y segunda instancia dieron parcialmente la razón a los consumidores. Reconocieron la nulidad de las cláusulas, pero limitaron la devolución de las cantidades cobradas.

En su auto, el Supremo se apoya en la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Ese tribunal había diferenciado entre dos acciones legales distintas: una, la nulidad de la cláusula abusiva, y otra, la reclamación del dinero pagado en aplicación de esa cláusula. Esta distinción ha sido clave en el proceso.

El cómputo del plazo, en el centro del conflicto

El tribunal de segunda instancia entendió en 2020 que la reclamación estaba prescrita. Según su interpretación, debía aplicarse el plazo de prescripción general de quince años, previsto en el Código Civil para acciones personales sin plazo específico. Este cómputo empezaba a contar desde el último pago realizado por el consumidor.

EN MEDIO BRAINSRE 728X90

La Audiencia Provincial concluyó que, cuando los clientes presentaron su demanda, ese plazo ya había pasado con creces. Por ello, aunque reconoció la nulidad de la cláusula, rechazó devolverles las cantidades abonadas. Esta posición era compartida hasta ahora por otros tribunales.

Sin embargo, el Supremo ha corregido ese criterio. En su auto cita su propia sentencia de 2024. En ella aclaró que, salvo que el banco pruebe que el consumidor conocía antes la abusividad de la cláusula, el plazo de prescripción debe empezar en el momento en que la sentencia que declara la nulidad sea firme.

Un fallo favorable a los consumidores

Con esta interpretación, el Supremo da la razón a los dos clientes y estima su recurso de casación. El caso volverá a la Audiencia Provincial, que deberá dictar una nueva resolución siguiendo esta doctrina. La decisión tiene implicaciones para miles de afectados en todo el país.

La firma reclamador.es, que ha difundido la resolución, valora positivamente la noticia. Su abogada, Leticia Grande, explica que la media de devolución lograda por sus clientes ronda los 1.200 euros. Sin embargo, también advierte del colapso de los juzgados especializados.

Según señala, en juzgados como el 101Bis de Madrid se están tramitando ahora demandas presentadas a finales de 2020. Esto significa que muchos afectados tienen que esperar varios años para recuperar su dinero.

Noticias relacionadas