En rueda de prensa, Ester Capella, consellera de Territorio de la Generalitat de Cataluña, ha anunciado la resolución de las alegaciones a la memoria catalana de la Ley de Vivienda del Gobierno y ha informado que aquellos individuos que tengan en propiedad cinco viviendas serán considerados grandes tenedores. Previamente, eran 10 los inmuebles en propiedad los necesarios para considerar como grandes tenedores en las zonas que se declaren de mercado residencial tensionado. La funcionaria ha añadido que esta alegación se ha resuelto favorablemente porque la nueva Ley de Vivienda aprobada en el Congreso ya contempla el cambio.
Asimismo, Capella ha señalado que los promotores de pisos vinculados al alquiler social dejaran de ser parte de la categoría de gran tenedor. No obstante, quedan fuera de esta decisión los promotores privados de viviendas con el objetivo social de promover inmuebles de protección oficial destinados a la venta, quienes si serán considerados grandes tenedores.
Es así como el gobierno catalán ha establecido a los grandes tenedores como personas físicas o jurídicas propietarias de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros.
Estas modificaciones se aplicarán en 140 municipios establecidos como zonas tensionadas y entrarían en vigor en agosto, mes en el que comienza a ser referencia la nueva Ley de Vivienda en Cataluña. Por otro lado, el Parlamento catalán votará el 1 de septiembre si se interpone ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Vivienda estatal.