
El Ayuntamiento de Barcelona ha comunicado este viernes la adquisición, mediante tanteo y retracto, de un edificio ubicado en el barrio de la Sagrada Familia, concretamente en la esquina de las calles València y Sardenya.
Esta operación, enmarcada dentro del Plan Viure, supondrá una inversión total de aproximadamente 4,8 millones de euros, que incluyen cuatro millones de euros destinados a la compra del inmueble y 813.500 euros para la rehabilitación parcial del mismo. Este valor supone que el precio por metro cuadrado se sitúa en 3.481 euros, lo que representa una reducción cercana al 28% respecto al valor medio del metro cuadrado en el barrio, estimado en 4.817 euros/m2, según el comunicado.
El edificio cuenta con un total de 10 viviendas, de las cuales tres se encuentran desocupadas, cinco están alquiladas con contrato vigente, una está arrendada bajo el régimen de renta antigua y otra se mantiene en situación de prórroga forzosa. Asimismo, el edifico alberga cuatro locales comerciales, todos ellos alquilados, uno de los cuales también está sujeto a un contrato de renta antigua.
El Ayuntamiento está desarrollando una nueva ordenanza para regular el derecho de tanteo y retracto, cuya aprobación inicial tuvo lugar el pasado mes de marzo. Esta iniciativa busca incrementar el parque público de vivienda en la ciudad, especialmente en zonas más pobladas donde la disponibilidad de suelo es escasa.
La normativa da prioridad a la adquisición de inmuebles con más de diez viviendas, pisos desocupados o edificios habitados por personas en situación de vulnerabilidad, con discapacidad o ubicados en barrios susceptibles a procesos de gentrificación. En cualquier operación de compra, el precio no podrá superar el valor medio de las transacciones en el barrio, aplicando una deducción correspondiente al coste de rehabilitación cuando sea necesario.
El Ayuntamiento tendrá la posibilidad de desistir de ejercer su derecho de adquisición sobre un inmueble y transferirlo a terceras partes, como entidades promotoras de vivienda pública, los ocupantes legales del inmueble o entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, cuyo fin sea la promoción de vivienda protegida. Asimismo, se contempla la posibilidad de realizar compras compartidas entre el Consistorio y estos agentes, siempre que el Ayuntamiento mantenga al menos un tercio de la titularidad del inmueble.




