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El Tribunal Supremo concluye que las hipotecas referenciadas al IRPH tienen que analizarse caso por caso

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El Tribunal Supremo concluye que las hipotecas referenciadas al IRPH tienen que analizarse caso por caso

El Tribunal Supremo ha abordado las hipotecas referenciadas al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) y ha concluido que no cabe dar una solución unívoca sobre su transparencia, ya que su abusividad dependerá en cada caso de las condiciones de los contratos.

En dos sentencias, el Pleno de la Sala de lo Civil ha analizado la validez de la cláusula de intereses remuneratorios referenciados al IRPH contenida en préstamos hipotecarios suscritos por consumidores.

El Supremo se ha pronunciado después de que, en diciembre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considerara que no puede descartarse mala fe en estos préstamos por el mero hecho de que este sea un índice oficial y que las cláusulas en cuestión pueden ser abusivas si se incumplió el requisito de transparencia.

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