
Nueva sanción a una agencia inmobiliaria por «posible prácticas abusivas contra inquilinos e inquilinas en la gestión del alquiler». El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha incoado un nuevo expediente sancionador a una agencia inmobiliaria que opera en todo el territorio nacional por prácticas como el cobro de comisiones ilegales u obligar a contratar servicios no solicitados.
Se trata del segundo expediente de este tipo que ha abierto el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy a través de la Dirección General de Consumo. También a finales de marzo, se sancionó a otra agencia inmobiliaria por estas mismas posibles prácticas abusivas contra inquilinos e inquilinas. Ambos expedientes se enmarcan en la investigación que Consumo está llevando desde el pasado mes de octubre en el ámbito de la gestión del alquiler inmobiliario.
La causa aún no ha terminado. Esta investigación se abrió a partir de denuncias del Sindicato de Inquilinas-CECU y de asociaciones de consumidores como FACUA y OCU, y sigue en marcha respecto a otras empresas inmobiliarias a las que también se podrían incoar expedientes por haber podido cometer estas u otras prácticas.
¿Qué prácticas se consideran abusivas por parte de las agencias inmobiliarias?
Las principales prácticas denunciadas por las diferentes organizaciones se basan en infracciones como obligar a los inquilinos e inquilinas a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento, imponer la contratación de un seguro u obligar a contratar servicios no solicitados por el inquilino.
En este punto, desde Consumo se señala que la «Ley 12/2023 de 24 de mayo por el derecho a la vivienda» prohíbe expresamente trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.
Por otra parte, la Dirección General de Consumo informa que estas cláusulas o prácticas podrían ser constitutivas de infracciones que, según la Ley de Defensa de los Consumidores, podrían calificarse como:
- Graves, y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
- Muy graves, y ser sancionadas con multas de hasta un millón de euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
Otro frente abierto: el sector de los pisos turísticos
Estos dos procedimientos sancionadores se unen a los expedientes que la Dirección General de Consumo mantiene abiertos en el sector de los pisos turísticos contra dos posibles escenarios.
Por una parte, una gran plataforma de alquiler de vivienda turística que mantiene miles de anuncios de alojamientos de este tipo que fueron catalogados como publicidad ilícita.
Por otra, al expediente sancionador abierto contra empresas que administran viviendas turísticas en distintas Comunidades Autónomas tras detectarse que estas gestoras estarían ofreciendo «información falsa o información que, aun siendo veraz, pueda inducir a error a los destinatarios, por su contenido o presentación«, lo que supondría una práctica engañosa.
Hasta el momento, Consumo ya ha ordenado el bloqueo de más de 65.935 anuncios ilegales de pisos turísticos a la plataforma Airbnb, recuerdan en la última Nota de Prensa publicada por el Ministerio.
«La vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley», así que todas estas iniciativas se enmarcan en el «objetivo de proteger el derecho de acceso a la vivienda como acción prioritaria del Ministerio de Derechos Sociales y Consumo de proteger los derechos de las personas consumidoras», insiste el órgano que dirige Pablo Bustinduy.
Sobre los derechos de los inquilinos, desde Consumo se han llevado a cabo acciones informativas con los operadores del mercado sobre potenciales conductas abusivas en los contratos de alquiler. Desde la Dirección General de Consumo, se señala que «la iniciación de este expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación».