
La Comisión Europea, poder ejecutivo y legislador de la Unión Europea, expedientó ayer, miércoles, a España por discriminar en materia fiscal a los extranjeros con vivienda habitual en el país por exigirles el pago de un impuesto en función del valor catastral del inmueble y no hacerlo a los ciudadanos nacionales.
Explicaba el órgano, en un comunicado, que los llamados «contribuyentes no residentes» están obligados a tributar en el IRPF un impuesto equivalente al 2% del valor catastral -valor asignado por la Administración- de sus viviendas habituales en concepto de «renta teórica», mientras los contribuyentes residentes no están sujetos al mismo.
Este punto de la legislación tributaria española vulnera, a juicio de las autoridades europeas, los principios de libertad de movimiento de trabajadores y de libertad de movimiento de capital.
En consecuencia, la Comisión Europea envió a España una carta de emplazamiento, el primer paso de un procedimiento de infracción que, en última instancia, podría acabar ante la Justicia europea si el país no resuelve las deficiencias detectadas.
España dispone ahora de dos meses para contestar a los requerimientos del Ejecutivo comunitario que, en «ausencia de una respuesta satisfactoria» podría enviar un dictamen motivado, la segunda fase en este tipo de expedientes y la última antes de elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
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