Home Mercado inmobiliarioUn juzgado suspende cautelarmente las obras del proyecto urbanístico de El Rompido en Cartaya (Huelva)

Un juzgado suspende cautelarmente las obras del proyecto urbanístico de El Rompido en Cartaya (Huelva)

La resolución, dictada el 17 de marzo, ordena paralizar talas, desbroces y movimientos de tierra tras acreditarse actuaciones sobre unos 50.000 m2 desde el 24 de febrero.

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Un juzgado suspende cautelarmente las obras del proyecto urbanístico de El Rompido en Cartaya (Huelva)
Un juzgado suspende cautelarmente las obras del proyecto urbanístico de El Rompido en Cartaya (Huelva) 4

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Huelva ha acordado la suspensión cautelar provisionalísima de las obras del Proyecto de Urbanización del Sector SUS C-2, en El Rompido, término municipal de Cartaya (Huelva). La resolución, dictada el 17 de marzo de 2026 a instancia de Ecologistas en Acción, ordena paralizar cualquier actuación de tala, desbroce, arranque de vegetación, movimiento de tierras o alteración del terreno en el ámbito aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cartaya el 8 de mayo de 2025.

La medida se adoptó con carácter urgente y sin audiencia previa a las partes demandadas, al apreciar el juzgado circunstancias de «especial urgencia». La jueza consideró que la continuación de los trabajos podría hacer perder la finalidad legítima del recurso contencioso-administrativo interpuesto, dado que los daños ambientales «podrían resultar irreversibles». El informe pericial aportado por Ecologistas en Acción acredita que desde el 24 de febrero se habrían ejecutado actuaciones sobre una superficie de aproximadamente 50.000 m2, incluyendo la tala de más de un centenar de pinos adultos (Pinus pinea), la eliminación de matorral mediterráneo y la alteración del suelo mediante maquinaria pesada.

Plazo de tres días para alegaciones y decisión pendiente sobre el fondo

La resolución concede un plazo de tres días al Ayuntamiento de Cartaya y a la Junta de Compensación del Sector para formular alegaciones, tras lo cual el juzgado decidirá si mantiene, modifica o levanta la suspensión. La medida cautelar no prejuzga el fondo del asunto, que deberá resolverse en sentencia.

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