
El Colegio de Registradores ha lanzado un aviso dirigido a los propietarios de viviendas destinadas al alquiler turístico o de corta duración. El recordatorio llega cuando se acerca la fecha límite para cumplir con una obligación anual que afecta a miles de inmuebles en toda España. El plazo para presentar la información correspondiente al ejercicio anterior finaliza este año el próximo 2 de marzo.
La organización ha explicado que todos los titulares de este tipo de alquileres deben depositar los datos en el Registro de la Propiedad o en el Registro de Bienes Muebles. Esta presentación es obligatoria y debe realizarse de forma periódica cada año. Aunque el trámite suele concentrarse en el mes de febrero, en esta ocasión el plazo se ha ampliado unos días más.
Una obligación anual con consecuencias si no se cumple
La obligación de declarar los alquileres de corta duración quedó establecida en una orden ministerial aprobada el pasado mes de enero. Esta norma fija que la información del año anterior debe presentarse cada mes de febrero ante el registro correspondiente. En 2025, el plazo se ha extendido.
Los registradores advierten de que no cumplir con este trámite tiene consecuencias directas para los propietarios. En concreto, los inmuebles que no presenten la información perderán el Número de Registro Único de Alquiler, conocido como Nrua. Sin este número, las viviendas no podrán anunciarse ni comercializarse en plataformas en línea.
Este registro es ya una pieza clave para el funcionamiento del mercado de alquiler turístico. Según datos del propio Colegio de Registradores, hasta la fecha se han concedido más de 400.000 números Nrua. Estas cifras reflejan el amplio alcance de una medida que afecta a propietarios particulares y a gestores profesionales.
Control y transparencia en los alquileres turísticos
Desde el Colegio de Registradores destacan que la finalidad principal de esta obligación es centralizar la información. El sistema permite reunir los datos de las viviendas de uso turístico en una base común. De este modo, las administraciones públicas pueden acceder a información más completa y actualizada.
El trámite puede ser realizado directamente por el titular del inmueble. También puede encargarse cualquier persona que acredite ser responsable de la gestión de la vivienda. Desde la organización recuerdan que cumplir con esta obligación es clave para seguir operando con normalidad en el mercado del alquiler turístico.




