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La recarga eléctrica de coches genera dudas entre las comunidades de propietarios

Recarga coche eléctrico 1
Las comunidades de propietarios tendrán que hacer frente a este tipo de instalaciones.

Actualmente, los puntos de recarga son escasos en el centro de las ciudades y, aunque algunas promociones de obra nueva ya contemplan estos puntos en sus aparcamientos por el Real Decreto de 2014 que obliga a que ya lleven una preinstalación, el resto de las Comunidades de Propietarios se enfrenta a las dudas de sus vecinos.
Según datos recogidos por AEDIVE (Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico), los vehículos eléctricos pueden suponer el 50% de las ventas de automoción en el mundo en 2030 y Madrid, como una de las principales capitales mundiales, verá como sus comunidades de propietarios tienen que habilitar sus instalaciones para adaptarlas a los puntos de recarga estos vehículos. «Todavía el 20% de las comunidades de propietarios de Madrid, aquellas administradas por gestores no profesionales, desconoce los pasos a seguir para instalar un punto de recarga de vehículo eléctrico», explica Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid.

Ley

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula su instalación en su artículo 17.5. “´la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.
La potencia requerida por los puntos de recarga varía en función del vehículo a cargar, la mayoría van a necesitar entre 3 y 10 Kw, aunque hay modelos que precisarán mayor potencia. “Por lo tanto, saber cuántos puntos se pueden instalar con la acometida existente en un garaje es complicado ya que dependerá de la potencia instalada y del tipo de punto necesario”, señalan desde CAFMadrid.
Para un número pequeño de puntos, entre 10 y 15, la acometida existente será suficiente, pero si se requieren más, existen dos opciones con el desembolso pertinente para los propietarios: sustituir la acometida por otra de mayor sección o, como aconsejan desde CAFMadrid, instalar si hay espacio, un centro de transformación en el edificio para aumentar la potencia disponible.
Según CAFMadrid, “no hace falta el visto bueno del resto de los vecinos, ni un acuerdo adoptado en la comunidad de propietarios. Lo que sí es necesario es la autorización si la conexión de la derivación se realiza a un contador de propiedad comunitaria, porque afecta a un elemento común”. El organismo colegial cuenta con un total de 3.500 colegiados que administran más de 200.000 comunidades de propietarios en el conjunto de la Comunidad de Madrid.

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