
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado el nuevo dato del índice de referencia que se utiliza para actualizar los contratos de alquiler en España. En abril, este indicador se situó en el 2,4% interanual, lo que supone una ligera bajada respecto al 2,47% registrado en marzo. Aun así, el dato confirma que el índice se mantiene en valores relativamente altos y encadena ya once meses seguidos por encima del 2%.
Este índice es clave para los arrendamientos firmados a partir de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, el 25 de mayo de 2023. Su objetivo es servir como límite para la revisión anual de las rentas, evitando subidas excesivas en un contexto de tensión en el mercado del alquiler. El INE lo publica cada mes y lo expresa con dos decimales, a partir de los últimos datos disponibles.
Un indicador diseñado para moderar las subidas del alquiler
El índice de referencia no se basa en un único dato, sino que se construye a partir de varios elementos económicos. Entre ellos se encuentran el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias entre ambas tasas de variación. A esto se suma un parámetro de largo plazo propuesto desde la Dirección General de Política Económica.
Además, el cálculo incorpora un coeficiente moderador, definido conjuntamente por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Este ajuste tiene en cuenta la situación del mercado del alquiler, con la intención de evitar que las rentas suban de forma desproporcionada. El resultado final no es una media simple, sino el menor valor entre la inflación general, la inflación subyacente y una tasa ajustada. De este modo, se busca que el índice actúe como un techo prudente para las actualizaciones anuales de los contratos.
Con esta metodología, el INE da cumplimiento a lo establecido en la Ley por el Derecho a la Vivienda, que obligaba a crear un indicador de referencia antes del 31 de diciembre de 2024. Este sistema se diseñó precisamente para ofrecer una alternativa más estable a la actualización de rentas en periodos de alta inflación. En 2024, de forma excepcional, las actualizaciones de alquiler estuvieron limitadas al 3%. Esta medida se adoptó en un contexto de fuerte subida de precios, derivada en parte de la crisis energética y las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania.
Cómo se aplican las subidas según el tipo de contrato
El nuevo índice del INE solo afecta a los contratos de alquiler firmados después del 25 de mayo de 2023. En estos casos, la revisión anual de la renta debe realizarse utilizando este indicador como límite máximo. Es decir, la subida no puede superar el valor publicado cada mes por el organismo estadístico.
Para los contratos anteriores a esa fecha, el sistema es distinto. En esos casos, la actualización de la renta sigue vinculada al IPC o al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según lo que figure en el propio contrato firmado entre propietario e inquilino. Según fuentes del Ministerio de Vivienda, esta distinción depende de lo pactado previamente por ambas partes. En la práctica, la mayoría de contratos antiguos utilizan el IPC como referencia habitual, aunque algunos incluyen el IGC como alternativa.
Este índice de competitividad establece un límite adicional, ya que en ningún caso puede superar el 2%. Con ello, se pretende ofrecer cierta estabilidad en la evolución de las rentas incluso en contratos más antiguos, evitando incrementos bruscos. El sistema actual busca así diferenciar claramente entre los contratos nuevos y los anteriores a la ley. Mientras los primeros están sujetos a un índice específico diseñado por el INE, los segundos mantienen mecanismos de actualización más tradicionales.

