La semana pasada empezó la campaña de la renta y, como todos los ejercicios, uno de los aspectos que genera más dudas a la hora de realizar este trámite es la declaración de la vivienda.
Para los expertos de la proptech Tiko, es muy importante que tanto propietarios como inquilinos conozcan las obligaciones fiscales que existen al tener una vivienda en propiedad o alquiler.
Tanto si el propietario posee la vivienda donde reside habitualmente como si alquila otra, este tipo de propiedades deben estar reflejadas en la declaración de la renta.
Los propietarios deben incluir en su declaración de la renta la imputación de rentas inmobiliarias correspondiente a todos los inmuebles que tengan en propiedad, es decir, el cálculo de un ingreso ficticio que se le atribuye al propietario de un inmueble en concepto de rendimiento obtenido por su propiedad.
Además, es importante destacar que, si la vivienda es su primera residencia, se podrá aplicar una deducción por vivienda habitual que reducirá la cantidad de la imputación de rentas inmobiliarias que se deberá incluir en la declaración. Esta deducción puede variar en función de la situación personal, la autonomía o la fecha de compra de la vivienda.
En el caso de que durante el ejercicio transcurrido se haya adquirido o vendido una vivienda, desde Tiko aconsejan revisar si estas aparecen o no en el borrador de la declaración de la renta antes de enviarla.
Vivienda en alquiler
Es importante tener en cuenta que declarar una vivienda en alquiler tiene ventajas fiscales tanto para los propietarios como para los inquilinos. Asimismo, otorga una protección legal a ambas partes ante cualquier problema que pueda ocurrir en los arrendamientos.
Todos los propietarios que tengan un inmueble en alquiler que esté siendo utilizado como vivienda habitual deberán expresarlo en la declaración de la renta. No obstante, únicamente aquellos que perciban unos ingresos íntegros superiores a los 1.600 euros deberán declararlo como «rendimientos de capital inmobiliario», como si fuera un ingreso más. Además, podrán realizar una deducción del 60% del rendimiento junto a los gastos asociados, como impuestos del inmueble, los suministros o la hipoteca.
En el caso de los inquilinos, estos no tienen la obligación de declarar la vivienda en la renta. Sin embargo, es importante conservar los recibos y otros documentos que justifiquen el pago del alquiler, ya que podrían ser requeridos por la Agencia Tributaria.
Por último, si un inquilino ha realizado mejoras en la vivienda arrendada, como la instalación de un sistema de climatización o la reforma de la cocina, podrá aplicar una deducción por inversión en la vivienda que le permitirá rebajar la cantidad de impuestos que debe pagar en la renta.