
El índice de referencia para actualizar los alquileres descendió en enero hasta el 2,14% interanual, según los datos publicados este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Se trata del primer retroceso tras siete meses consecutivos de incrementos. Además, es el porcentaje más bajo desde junio de 2025, cuando se situó en el 2,10%.
Con el dato correspondiente a enero de 2026, el indicador encadena ocho meses seguidos por encima del 2%. Sin embargo, la cifra del primer mes del año supone una caída de 0,18 puntos respecto a diciembre, cuando alcanzó el 2,32%. La tendencia al alza que se venía registrando desde el verano queda así interrumpida.
Este índice se aplica a los contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda. Para esos arrendamientos, el porcentaje publicado por el INE actúa como límite máximo de actualización anual. Es decir, los propietarios podrán subir la renta hasta ese tope, pero no superarlo.
Cómo se calcula el nuevo índice
El organismo estadístico difunde mensualmente este indicador, expresado con dos decimales y elaborado con los últimos datos disponibles. Su finalidad es evitar incrementos desproporcionados en un contexto de elevada inflación, como el que se produjo tras el estallido de la guerra en Ucrania. La ley encomienda al INE la definición de esta referencia para dar estabilidad al mercado.
Considera conjuntamente el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente —que excluye energía y alimentos no elaborados— y las diferencias entre ambas tasas de crecimiento anual. Además, incorpora un parámetro vinculado al crecimiento esperado a largo plazo, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica. A esas diferencias se les aplica un coeficiente moderador. Este factor es propuesto de manera conjunta por la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y por la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía. El objetivo es ajustar el resultado a “las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda”.
El resultado final es el menor valor entre tres referencias: la variación anual del IPC, la de la inflación subyacente y la tasa anual media ajustada conforme a la metodología aprobada. De este modo, el índice actúa como un techo y no como una cifra automática de revalorización. Cada propietario decide si aplica la subida máxima o una inferior.
En enero, el IPC general se situó en el 2,3%, seis décimas menos gracias al abaratamiento de la energía. Por su parte, la inflación subyacente alcanzó el 2,6%. El 2,14% fijado para los alquileres queda por debajo de ambas magnitudes.
Los contratos firmados antes del 25 de mayo de 2023 no se rigen por este nuevo sistema. En esos casos, la actualización anual se realiza según lo pactado en el contrato, normalmente con el IPC o con el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Este último nunca puede superar el 2 %.




