
El Gobierno ha puesto en marcha un decreto ley que introduce dos medidas clave en el mercado del alquiler: la posibilidad de prorrogar contratos de forma extraordinaria hasta dos años y la limitación de las actualizaciones anuales de la renta a un máximo del 2%. La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado, ya está en vigor, aunque deberá ser ratificada por el Congreso en el plazo de un mes para mantenerse de manera permanente.
Las medidas se han aprobado tras las presiones de Sumar, aunque finalmente se han incluido en un decreto ley aparte y no junto a otras iniciativas vinculadas a los efectos de la guerra en Oriente Medio. Según Pedro Sánchez, el Gobierno no dispone actualmente de apoyos suficientes en el Congreso, por lo que buscará negociar con los distintos grupos parlamentarios.
Estas disposiciones afectan a los contratos que finalicen entre el 21 de marzo de este año y el 31 de diciembre de 2027. Durante ese periodo, los inquilinos podrán solicitar una extensión anual del contrato, con un límite total de dos años adicionales y manteniendo las condiciones originales del acuerdo.
Prórrogas extraordinarias en los contratos
La medida permite a los arrendatarios pedir una prórroga cuando su contrato llegue a su fin, ya sea por el vencimiento de los plazos obligatorios o por prórrogas tácitas posteriores. En esos casos, el propietario estará obligado a aceptar la extensión, salvo que exista un acuerdo distinto entre ambas partes, se firme un nuevo contrato o el arrendador necesite la vivienda para uso propio o de familiares directos.
No obstante, esta prórroga extraordinaria no se aplicará si se formaliza un nuevo contrato con una renta inferior. Además, quedan excluidos los inmuebles situados en zonas declaradas tensionadas, donde ya existen mecanismos específicos que permiten prórrogas de hasta tres años y limitaciones adicionales a las subidas de precios. Actualmente, cientos de municipios en distintas comunidades autónomas cuentan con esta calificación, que activa medidas de control de precios y protección para los inquilinos. En estos casos, prevalecen las normas propias de dichas zonas frente a las contempladas en el nuevo decreto.
Tope del 2% en la actualización de rentas
Otra de las novedades relevantes es la fijación de un límite del 2% para las revisiones anuales del alquiler durante el periodo de vigencia de la norma. Esta medida busca evitar incrementos excesivos vinculados a la evolución del índice de precios, que podrían afectar de forma significativa a los arrendatarios.
Cuando el propietario sea considerado un gran tenedor, el límite del 2% será obligatorio sin posibilidad de superarlo. En el resto de los casos, las partes podrán pactar una subida diferente, pero si no alcanzan un acuerdo, se aplicará automáticamente ese techo del 2%. El decreto responde a un contexto de subidas sostenidas en el precio del alquiler y a la previsión de finalización de numerosos contratos en los próximos años. También tiene en cuenta que algunas comunidades autónomas no han activado mecanismos de declaración de zonas tensionadas, lo que ha impulsado al Ejecutivo a adoptar medidas de carácter general.




