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Qué cambia en la plusvalía municipal tras la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025

Zeus Almenara (Euro Funding) explica por qué la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025 obliga a revisar las liquidaciones de plusvalía realizadas en enero de 2026.

Tribuna
Qué cambia en la plusvalía municipal tras la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025
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El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como el impuesto sobre las plusvalías municipales, se ha convertido en los últimos años en uno de los tributos locales con mayor inestabilidad normativa. Las sucesivas intervenciones del Tribunal Constitucional, que han afectado de manera directa a su método de cálculo tradicional, han obligado al legislador a introducir reformas recurrentes que, lejos de consolidar un marco estable, han generado escenarios de notable complejidad práctica.

En este contexto, se aprobó el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, que introducía una nueva actualización de los coeficientes aplicables en función del periodo de generación del impuesto. Estos coeficientes, cuya revisión anual está expresamente prevista en la normativa reguladora del IIVTNU, se utilizan para determinar la base imponible cuando el contribuyente opta por el método de cálculo objetivo, sistema que actualmente convive con el método de cálculo real tras las declaraciones de inconstitucionalidad que afectaron al modelo anterior.

Sin embargo, el Real Decreto-ley 16/2025 no fue convalidado por el Congreso de los Diputados, lo que ha supuesto que las modificaciones introducidas en los coeficientes hayan quedado sin efecto. Esta circunstancia tiene especial relevancia para las transmisiones de bienes inmuebles -o de derechos reales constituidos sobre los mismos- que se hayan producido, liquidado o autoliquidado entre el 1 y el 27 de enero de 2026, periodo durante el cual los coeficientes previstos en el Real Decreto-ley llegaron a aplicarse de forma efectiva.

Efectos de la no convalidación sobre las operaciones realizadas en enero de 2026

La pérdida de vigencia de los coeficientes modificados por falta de convalidación plantea la necesidad de revisar las operaciones afectadas durante ese breve intervalo temporal. En estos supuestos, resulta recomendable analizar las cuotas calculadas mediante el método objetivo del IIVTNU, ya que la aplicación de unos coeficientes posteriormente no convalidados puede haber generado resultados distintos de los que corresponderían conforme a la normativa vigente tras el decaimiento del Real Decreto-ley.

Qué cambia en la plusvalía municipal tras la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025

Desde un punto de vista práctico, el impacto no es homogéneo para todos los contribuyentes. Con carácter general, en aquellos supuestos en los que el periodo de generación del incremento de valor se sitúa entre los 0 y los 15 años, la aplicación de los coeficientes introducidos por el Real Decreto-ley 16/2025 ha podido dar lugar a cuotas superiores a las que resultarían tras la recuperación de los coeficientes anteriores. Por el contrario, en los periodos de generación más largos, especialmente a partir de los 17 años, se ha producido el efecto inverso, dado que los coeficientes previos eran más elevados que los aplicados durante el breve periodo de vigencia del Real Decreto-ley no convalidado.

Existen, asimismo, determinados tramos temporales en los que la modificación de coeficientes no ha tenido un impacto significativo en la cuota resultante, si bien se trata de supuestos puntuales y de alcance limitado.

En cualquier caso, la revisión individualizada de cada operación se convierte en una cuestión prioritaria. Para los contribuyentes, dicha revisión puede traducirse en la posibilidad de solicitar la devolución de importes ingresados en exceso, mediante la rectificación de la autoliquidación o el correspondiente procedimiento de devolución de ingresos indebidos, o bien en la necesidad de anticipar una eventual regularización en aquellos casos en los que la cuota satisfecha haya resultado inferior a la que correspondería conforme a los coeficientes actualmente vigentes, siempre dentro de los plazos de prescripción aplicables.

Un escenario conocido: lo ocurrido en 2025

Pese a lo excepcional que pueda parecer esta situación, lo cierto es que no se trata de un hecho aislado. Un escenario prácticamente idéntico se produjo en 2025, cuando el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, aprobó una actualización de los coeficientes del IIVTNU con efectos desde el 1 de enero de ese año. Al igual que sucede ahora, dicha norma tampoco fue convalidada por el Congreso, quedando sin efecto las modificaciones introducidas apenas unas semanas después de su entrada en vigor.

Este doble episodio, en ejercicios consecutivos, pone de relieve la inestabilidad normativa que rodea actualmente la gestión del IIVTNU y genera una clara sensación de inseguridad jurídica para los contribuyentes, que se ven obligados a revisar y, en su caso, regularizar sus liquidaciones o autoliquidaciones tras cada cambio normativo frustrado.

Desde una perspectiva sistémica, este tipo de situaciones no contribuyen a crear un entorno de certidumbre, elemento esencial para el correcto funcionamiento del sistema tributario. La constante modificación de coeficientes, seguida de su pérdida de vigencia por falta de convalidación parlamentaria, no solo introduce incertidumbre para los obligados tributarios, sino que también incrementa la carga administrativa de las entidades locales encargadas de la gestión y recaudación del impuesto.

Revisión de operaciones y control de riesgos

El dinamismo normativo que caracteriza actualmente al IIVTNU exige una atención constante tanto por parte de los contribuyentes como de los operadores jurídicos. La reiteración de escenarios como los vividos en 2025 y 2026 pone de manifiesto la necesidad de avanzar hacia un marco regulatorio más estable y previsible, que permita dotar al tributo de la seguridad jurídica imprescindible para su correcta aplicación.

En este contexto, el seguimiento continuo de las novedades normativas y jurisprudenciales y el análisis técnico de cada operación concreta se revelan como herramientas imprescindibles para gestionar adecuadamente las obligaciones tributarias y evitar consecuencias económicas derivadas de cambios normativos sobrevenidos.

Artículo de opinión escrito por Zeus Almenara, Senior Project Manager Local & Indirect Taxes en Euro Funding

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