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Los jueces españoles se decantan por anular el IRPH tras el fallo de Europa

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en marzo ha reactivado las causas que habían sido suspendidas a la espera del dictamen de Luxemburgo.

hipoteca

Después de que Europa dejara la nulidad del IRPH en manos de los magistrados españoles hace más de un mes, varios juzgados ya han ordenado sustituir este índice de préstamos hipotecarios por la frecuente fórmula del euribor más un diferencial al ser la alternativa más beneficiosa para el consumidor, según informa Efe.

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en marzo abrió la puerta a los jueces nacionales para que analizaran, caso por caso, si las entidades comercializaron el IRPH de forma transparente, ha reactivado las causas que habían sido suspendidas a la espera del dictamen de Luxemburgo.

Según las estimaciones de Asufin, en España hay «casi un millón de hipotecas referenciadas al IRPH, con pérdidas de 25.000 euros de media». Al margen de la vía judicial, el Banco de España, en su informe institucional del ejercicio 2019, no descarta un posible repunte de las reclamaciones bancarias a raíz de la sentencia de Europa.

Demanda a CaixaBank

En uno de los casos reactivados, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Burgos ha dado la razón recientemente a una cliente que en 2005 suscribió una hipoteca de 149.000 euros con CaixaBank. Según la demandante, el tipo de referencia fue establecido «unilateralmente por la entidad» sin que ésta le informara «de qué es el IRPH, cómo se configura y su evolución histórica siempre por encima del euribor».

Una versión a la que se opuso CaixaBank, que alegó que las cláusulas que incluyen sus escrituras «están redactadas en el mismo formato que el resto del texto, de forma sencilla, clara, concreta y perfectamente comprensible».

Para la magistrada, en cambio, la escritura «evidenciaba una ausencia de información detallada y pormenorizada que no permite que un consumidor pueda llegar a comprender el cálculo del índice de referencia», aunque esté legalmente permitido. La entidad no suministró información suficiente a la demandante para que pudiera comprender «el alcance económico y jurídico» de su decisión, apunta la sentencia, que además de imponer la sustitución del IRPH por el eurIbor más un diferencial del 0,50, obliga a CaixaBank a devolver cerca de 500 euros a su cliente por atribuirle «la práctica totalidad de gastos presentes y futuros».

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