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Las empresas de reformas cifran en 3.000 millones las pérdidas por el cese de la actividad

Andimac señala que la caída de actividad en el sector de la construcción entre marzo y mayo rondará el 80%.

Reforma obra

La patronal de las empresas de reformas, Andimac, estima que la parálisis de este sector durante los dos meses que está previsto que se alargue el estado de alarma provocará unas pérdidas de unos 3.000 millones de euros en el ámbito de reforma y rehabilitación, después de la puesta en marcha del Real Decreto que obliga a parar toda la actividad no esencial.

La patronal sostiene que este segmento representa el 75% del valor de los materiales en edificación residencial -construcción nueva, más reforma en edificios y viviendas- y más del 40% del sector en general. Asimismo, Andimac sostiene que es responsabilidad de la Administración velar por la Ley de Morosidad, cuyo incumplimiento implica una necesidad de liquidez para el sector de unos 7.000 millones de euros. En este sentido, Andimac señala que «el cierre de actividad junto a los impagos de buena parte del material suministrado durante los últimos 90 días suponen cinco meses de pérdida de liquidez», señala y advierte que miles de empresas no podrán soportarlo debido fundamentalmente a su pequeño tamaño.

La patronal informa de que la caída de actividad en la construcción entre marzo y mayo rondará el 80%, de acuerdo con una encuesta de estimación realizada sobre 370 empresas. Y la reforma, alertan, será el segmento más afectado mientras dure el confinamiento.

En este sentido, considera que la cuantía de los avales aprobados recientemente por el Gobierno es insuficiente para facilitar la liquidez de las empresas, sobre todo teniendo en cuenta el incumplimiento sistemático de la Ley de Morosidad que sufre, en especial, este sector.

Por ello, Andimac propone «implementar procedimientos para garantizar los contratos suscritos y debidamente ejecutados y no cobrados por saltarse la Ley, así como habilitar líneas de liquidez que permitan adelantar el cobro de los compromisos comerciales formulados y satisfechos que, como mínimo, vulneran esta Ley».

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