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El Gobierno decreta una cuarentena de 14 días a quienes vengan del extranjero

España aplicará una cuarentena de 14 días a aquellas persona que vengan del extranjero, que podrán cumplir en sus domicilios o alojamientos temporales.

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Alexandre Rotenberg / Shutterstock.com

El Gobierno español ha dictado diversas órdenes ministeriales para limitar la entrada en el país de personas procedentes del extranjero con el objetivo de frenar la pandemia sanitaria generada por el Covid-19, según recoge hoy el Boletín Oficial del Estado (Boe).

Esta medida, a aplicar desde el próximo viernes 15 de mayo y que estará vigente durante el estado de alarma, los viajeros deberán permanecer durante 14 días aislados en sus domicilios o alojamientos, debiendo limitar sus desplazamientos a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, y otros desplazamientos por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad.

A partir de ahora no será suficiente con acudir al lugar de residencia para poder entrar en España, sino que deberá acreditarse la “residencia habitual”. La propia norma, en su preámbulo, recuerda que “el mero hecho de poseer una vivienda no acredita la residencia en España”.

«En este sentido, gran parte de los países europeos de nuestro entorno han venido
adoptando medidas por las que se establecen periodos de cuarentena de 14 días
a los viajeros que entran es sus territorios. En España, esta medida se ha venido aplicando a
las autorizaciones excepcionales otorgadas para las repatriaciones de españoles y
residentes en España procedentes de Italia. La favorable evolución de la situación
epidemiológica en nuestro país y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las
medidas de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y
en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que
procedan del extranjero, la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días«, señala el Gobierno en el escrito del BOE.

Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de trasporte deberán
informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con
destino en el territorio español. En el caso de las aerolíneas, deberán facilitar
el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.

Además, el Ejecutivo ha aprobado prorrogar los controles en las fronteras interiores terrestres y se mantienen los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

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