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El TSJ de Valencia declara nula la protección de 7.500 hectáreas del litoral

La Sala de lo Contencioso señala que falta un estudio económico, una verdadera evaluación ambiental e informes en materia de género e infancia.

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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo, por ser contrario a derecho, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (PATIVEL) de la Comunidad Valenciana, aprobado por decreto del Consell el 4 de mayo de 2018.

La sentencia, que estima el recurso presentado por TM Grupo Inmobiliario, concluye que no existe en el expediente administrativo, como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo, “un estudio económico-financiero que refleje los costes de implementación del PATIVEL y la repercusión económica que comporta para las propiedades afectadas y para los municipios que deberán desarrollarlo, ni que prevea tampoco las posibles responsabilidades patrimoniales que para la Administración autonómica puede conllevar la desclasificación de suelo que lleva a cabo”.

El recurso del grupo inmobiliario al que ha dado la razón el TSJ, es uno del medio centenar de recursos que se presentaron tras la aprobación en mayo de 2018 del Plan.

Igualmente, como segundo motivo de nulidad, los magistrados señalan que el proyecto incumple la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al no incluir un informe de evaluación del impacto por razón de género, como resulta exigible en todos los proyectos normativos, incluidos los instrumentos de ordenación urbanística.

Dicho argumento, según la sentencia, es extrapolable a la ausencia en el expediente de tramitación y aprobación del PATIVEL de los informes exigibles sobre el impacto que puede conllevar la actuación en materia de infancia, adolescencia y familia.

Sin evaluación ambiental

Por último, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV entiende que es otro motivo de nulidad el hecho de que el plan no se haya sometido a una verdadera evaluación ambiental y territorial estratégica y omita las distintas alternativas posibles.

“No se analizan las consecuencias que el PATIVEL pueda tener para con la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad y demás factores mencionados”, precisa el tribunal en su resolución, que cuenta con el voto particular de uno de los magistrados y que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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