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El Gobierno abre la vía para reclamar activos inmatriculados de la Iglesia

De los más de 34.000 bienes, 14.947 están vinculados a terrenos, solares, viviendas o locales no relacionados con usos religiosos.

Pedro Sanchez gobierno fuente Pool Moncloa Borja Puig de la Bellacasa 1

El Consejo de Ministros envía este martes al Congreso el listado de bienes inmuebles inmatriculados (un registro creado ad hoc para regularizar activos) por la Iglesia, entre 1998 y 2015. A partir de ahora será público y podrá comenzar el proceso de reclamación por parte de particulares que consideren que tienen derechos previos de propiedad.

Se trata del informe elaborado por la vicepresidencia de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, que ha identificado en 34.961 finalmente los bienes inmuebles, que la Iglesia católica inmatriculó gracias a una ley impulsada por el Ejecutivo de José María Aznar en 1998.

Del total de 34.961 inmatriculaciones, 20.014 tienen que ver con templos de la Iglesia o dependencias complementarias relacionadas con el culto o la tarea educativa que desarrolla la confesión religiosa, mientras que 14.947 están vinculados a terrenos, solares, viviendas o locales que no se relacionan con esos usos. Los datos han sido facilitados por la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El listado incluye pisos, huertos, parroquias, catedrales y otro tipo de propiedades, incluso cementerios. La reforma de la Ley Hipotecaria de 2015 puso fin a estas actuaciones, y ahora lo que se pretende es que los propietarios afectados puedan optar a su restitución.

Inscripción sin títulos

«La ley ha permitido registrar a nombre de la Iglesia edificios, apartamentos o fincas con tan solo una certificación eclesiástica», explican fuentes jurídicas. ¿Cómo certificarlo? La reforma que hizo Franco de la Ley Hipotecaria en 1946 incluía en su artículo 206 –y el 304 del Reglamento que la desarrollaba– la equiparación de la Iglesia católica con una corporación pública a la hora de inscribir un bien inmueble. «Así, un obispo, que actuaba como funcionario público, facilitaba que propiedad fuera inscrita a su nombre», apuntan. Tampoco era necesario aportar ningún título que acreditara la propiedad.

De hecho, las diócesis comenzaron a inscribir a su nombre parroquias, ermitas e incluso catedrales, porque «la reforma de Aznar amplió los supuestos, al permitir inscribir los lugares de culto«.

Sin cifras oficiales

No hay cifras oficiales, pero solo en Navarra, donde sí se cuenta con datos registrados, la Iglesia inscribió a su nombre casi 1.100. Pero sí hay una sentencia; En 2016 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo declaró nula una inmatriculación realizada por la Iglesia. «La sentencia condenó al Estado a pagar una indemnización de 600.000 euros a la Sociedad Anónima de Ucieza por inscribir a su nombre en 1994 varios edificios de Palencia que pertenecían a la empresa», explican las mismas fuentes.

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