El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha explicado en una sentencia los motivos por los que admitió a trámite la semana pasada un recurso de inconstitucionalidad presentado diputados del Partido Popular contra la ley para regular y controlar el precio del alquiler aprobada en septiembre en Cataluña.
La sentencia, publicada ayer, estima que los preceptos anulados «regulan medidas coactivas, no voluntarias, limitativas del derecho de propiedad», que obligan a los dueños de viviendas mediante órdenes o deberes normativos.
En este sentido, cabe mencionar que el Decreto-Ley declara que mantener vacía una vivienda, o incluso ocupada sin título legítimo, supone un incumplimiento de la función social de la propiedad que habilita a la Administración para requerir al propietario para su ocupación efectiva, imponerle multas coercitivas para la ejecución del mismo con un importe total máximo de hasta el 50% del valor estimado de la vivienda, sancionarle con multas de entre 90.001 y 900.000 euros o expropiarle su propiedad.
Ahora, la sentencia del TC declara inconstitucional ese tipo de regulación pues, a su parecer, supone una «imposición directa de deberes concretos a los propietarios con vocación de generalidad, estableciendo un régimen general de este derecho, algo vedado a los decretos leyes».
Asval celebra la sentencia del TC
La Asociación de propietarios de viviendas en alquiler (Asval) ha celebrado la resolución del Tribunal Constitucional que anula el Decreto-Ley de la Generalitat sobre la regulación del derecho a la propiedad.
«Asval celebra esta resolución del Tribunal Constitucional, dictada por unanimidad de todos sus miembros, ya que establece de manera rotunda el carácter fundamental del Derecho a la Propiedad Privada que consagra el artículo 33 de la Constitución Española», ha asegurado la asociación.
La sentencia considera inconstitucional la forma en la que se ha tramitado la norma, que obligaba a grandes tenedores de vivienda a proporcionar un alquiler social. Además, Asval considera que la sentencia rechaza de manera «implícita» el control de precios de alquiler impuesto por el Gobierno catalán, añadiendo que cualquier índice de precios ha de ser considerado informativo dejando «incólume la libertad de las partes para fijar la renta del arrendamiento».
Asimismo, Asval ha destacado la referencia del TC al derecho indemnizatorio que mantienen los propietarios en el caso de que aquellos aspectos no invalidados por la sentencia, pero que pueden causarles menoscabo económico. La asociación considera que esto sienta un precedente de cara a reclamaciones patrimoniales.
Por otro lado, cree que la sentencia supone «un serio varapalo al actual amparo de la ocupación ilegal en Cataluña, que está suponiendo serios estragos para los propietarios, comunidades de vecinos, barrios y fuerzas de orden público».