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Cataluña interviene el mercado del alquiler de locales para frenar la crisis del Covid

La Generalitat ha aprobado un decreto ley por el que interviene en el mercado del alquiler para tratar de ayudar a los establecimientos con las consecuencias económicas de las restricciones de aforo y horarios.

plaza cataluña

El Consell Executiu de la Generalitat ha aprobado un decreto ley por el que interviene en el mercado del alquiler en Cataluña . La medida trata de ayudar al comercio y la hostelería a paliar el impacto económico de las restricciones por la crisis del coronavirus, que entraron en vigor la madrugada del pasado viernes, señalan desde el Ejecutivo catalán.

Esta ley contempla rebajas de hasta el 50% en el pago de los alquileres y se centra sobre todo en restaurantes, bares, y comercios; aunque también incluye a negocios de otros sectores como teatros, gimnasios, centros de juego u hoteles.

Tras la reunión del Govern, la consejera portavoz, Meritxell Budó, ha explicado que el texto decreta «la reducción del alquiler hasta el 50% si la actividad está suspendida; y si no está suspendida pero sí limitada, una rebaja proporcional en base a la reducción de aforo u horarios del negocio”.

Se busca así un “reparto de costes entre propietario y arrendatarios, para que el coste de la pandemia recaiga exclusivamente sobre una de las partes”, ha añadido Budó.

Medidas para las consecuencias de las restricciones

El Govern ha optado por un decreto ley que se justifica por “la obligación de adoptar medidas urgentes y extraordinarias para mitigar” el daño causado por las restricciones, que se describen en el texto como “pérdida de ingresos”, “posible fin de muchas actividades económicas” o hasta “la pérdida de los medios de subsistencia para un gran número de personas y familias”.

En consecuencia, continúa el decreto, se adopta una regulación ad hoc en relación “con la onerosidad excesiva y sobrevenida de las prestaciones contractuales” para proponer “un criterio distributivo de las consecuencias negativas de las prohibiciones, suspensiones y restricciones impuestas”. 

Por último, el decreto concluye explicando que se opta por preservar la voluntad de las partes para pactar, pero anuncia nuevas reglas si no hay acuerdo, para lo que invoca como fuente de inspiración la cláusula rebus sic stantibus –estando así las cosas– y el deseo de evitar la litigiosidad.

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