Pese a las difíciles circunstancias que el COVID-19 ha supuesto en el normal desarrollo de la actividad de la Administración Pública, el 25 de marzo de 2020, con la aprobación definitiva de la correspondiente modificación del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de Madrid, la Comunidad de Madrid alcanzó prácticamente el final de un largo proceso de reforma del planeamiento municipal que permitirá la futura reordenación urbanística del norte de la Ciudad de Madrid, conocida como “Operación Madrid Nuevo Norte” y que abarca una superficie de 3.56.196 metros cuadrados en la que se edificarán 10.500 viviendas.
La aprobación definitiva se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad, número 75, de 27 de marzo de 2020. Sin embargo, su eficacia ha quedado condicionada hasta el cumplimiento de determinadas modificaciones señaladas por la Comunidad de Madrid.
Obviamente, no es la primera vez que en Madrid se acometen grandes desarrollos urbanísticos. Baste citar, entre otros, los nuevos barrios residenciales de Sanchinarro, Monte Carmelo, y Las Tablas, o, los más recientes de Valdebebas y el Cañaveral. Sin embargo, la “Operación Madrid Nuevo Norte” prevé la reforma de una importante superficie urbana del norte de Madrid ya previamente desarrollada y con una alta densidad de población laboral y residente, siendo ésta la diferencia con los desarrollos urbanísticos mencionados que correspondían a suelos urbanizables en los que los núcleos de población eran prácticamente inexistentes.
Cualquier gran actuación urbanística requiere la tramitación de subsiguientes procedimientos que suelen durar años hasta que se concede la primera licencia de edificación. Podemos estar seguros de que el nuevo reto requerirá mucha dedicación, trabajo y colaboración entre las Administraciones Públicas y el sector privado intervinientes en la “Operación Madrid Nuevo Norte”.
Como se ha adelantado, la aprobación definitiva de la “Operación Madrid Nuevo Norte” y su consiguiente entrada en vigor no supondrán el inmediato otorgamiento de licencias de edificación para los nuevos usos previstos. La aplicación de la nueva ordenación y usos requerirá la obligatoria tramitación de instrumentos de gestión urbanística para cada uno de los ámbitos comprendidos en la modificación del Plan General, una vez que el Ayuntamiento haya realizado en el documento de planeamiento las modificaciones requeridas por la Comunidad de Madrid.
La “Operación Madrid Nuevo Norte” incluye cuatro ámbitos y los principales usos permitidos son el terciario (incluyendo oficinas), residencial y de infraestructuras y servicios.
Tres de los ámbitos citados contienen ya la ordenación pormenorizada y, por tanto, no requieren de un planeamiento posterior. Estos son las Áreas de Planeamiento Específico APE 8.20 “Malmea – San Roque – Tres Olivos”, APE 8.21 “Las Tablas – Oeste” y APE 05.30 “Centro de Negocios Chamartín”.
El sistema de ejecución fijado para cada uno de estos tres APEs es el sistema de compensación. Quiere esto decir que se ha optado por la ejecución privada del planeamiento, que exigirá en cada uno de los ámbitos la presentación de la “Iniciativa para la aplicación y definición del Sistema de Compensación” por los propietarios que representen al menos el 50% de la superficie total de cada ámbito, conforme establece la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Como se ha mencionado anteriormente, la “Operación Madrid Nuevo Norte” afecta a suelo urbano ya desarrollado, en el que infraestructuras, edificios y usos ya existentes condicionaban la nueva ordenación. Con motivo de esta complejidad, la propia Modificación contempla la necesidad de fijar, con carácter previo al inicio de cualquier actuación, un marco de colaboración entre los particulares, entidades públicas y el propio Ayuntamiento que permita la ejecución coordinada de cada uno de los ámbitos previa al desarrollo de cualquier actuación urbanizadora.
Una vez firmado el Acuerdo Marco entre los distintos agentes, será posible iniciar ante el Ayuntamiento la tramitación administrativa de los diferentes y necesarios expedientes de ejecución, con carácter previo al comienzo de las obras de urbanización.
En conclusión, el proceso de transformación del norte de Madrid que acaba de empezar con la aprobación definitiva de la modificación de planeamiento todavía está pendiente de cumplir con las últimas condiciones exigidas por la Comunidad de Madrid. Una vez esta modificación entre en vigor, su aplicación requerirá la tramitación de nuevos procedimientos administrativos con carácter previo al inicio de las obras de urbanización y otorgamiento de licencias de edificación.